Generacion Distribuida

Generación Distribuida en México: Nuevo Límite de 0.7 MW

México acaba de abrir una puerta más grande para la industria que genera su propia energía

El límite de Generación Distribuida en México pasó de 0.5 MW a 0.7 MW. Eso es un aumento del 40% en la capacidad que una empresa puede instalar sin necesidad de obtener permisos de generación ante la CNE (antes CRE).

Para la industria, esto significa que más operaciones pueden beneficiarse de un esquema regulatorio simple, rápido y sin burocracia.

¿Qué es la Generación Distribuida?

La Generación Distribuida es la figura regulatoria que permite a empresas generar electricidad con sistemas menores a 0.7 MW (antes 0.5 MW). Se rige por el Artículo 19 de la Ley de la Industria Eléctrica, y los sistemas que operan bajo esta figura son considerados Generadoras Exentas.

¿Qué significa ser Generadora Exenta? Que no necesitas un permiso de generación. No hay trámites complejos ante el regulador. Es el camino más directo para que una empresa empiece a producir su propia electricidad.

¿Qué cambió con el nuevo límite de 0.7 MW?

El aumento de 0.5 a 0.7 MW amplía significativamente el universo de empresas que pueden operar sin permisos. Con 0.7 MW de capacidad, un sistema fotovoltaico puede cubrir el consumo de naves industriales completas, plantas de manufactura medianas y centros de distribución.

Para las empresas que antes quedaban justo por encima del límite, esto cambia las reglas del juego: ahora pueden acceder a un esquema más ágil y con menores costos administrativos.

Beneficios concretos para tu empresa

  • Reducción de hasta el 99% en el costo energético mensual, dependiendo del perfil de consumo y el dimensionamiento del sistema.
  • Retorno de inversión en 1.5 a 3 años, con una vida útil del sistema superior a 30 años.
  • Deducibilidad al 100% del ISR en el ejercicio fiscal de la inversión, lo que mejora significativamente el flujo de efectivo.
  • Cero trámites de permiso ante la CNE: el proceso de interconexión es directo con el distribuidor.

¿Cómo saber si tu empresa califica?

Si tu consumo eléctrico puede ser cubierto con un sistema de hasta 0.7 MW (aproximadamente 700 kWp), tu empresa puede operar bajo Generación Distribuida. El primer paso es un diagnóstico energético que evalúe tu perfil de consumo, la superficie disponible para paneles y el dimensionamiento óptimo del sistema.

En Energías Limpias de México realizamos el diagnóstico energético sin costo. Evalúa tu consumo y descubre cuánto puedes ahorrar. Sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Necesito permiso para instalar un sistema de Generación Distribuida? No. Los sistemas menores a 0.7 MW son Generadoras Exentas y no requieren permiso de generación ante la CNE.

¿Cuál es la diferencia entre Generación Distribuida y Autoconsumo? La Generación Distribuida aplica a sistemas menores a 0.7 MW sin permisos. El Autoconsumo aplica a sistemas mayores a 0.7 MW y sí requiere permiso, aunque si es interconectado y menor a 20 MW, el trámite es simplificado.

¿Puedo deducir la inversión fiscalmente? Sí. Los sistemas fotovoltaicos son deducibles al 100% del ISR en el ejercicio fiscal de la inversión.

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